jueves, 26 de mayo de 2011

930 Reforma constitucional


930     LA CHISPA       (15 mayo 2011)
Lema: “En la indolencia cívica del ciudadano, se fundamentan los abusos del Poder”
REFORMA CONSTITUCIONAL     (Lugar común…sísimo)
            El lirismo difuso y sin responsabilidad precisa del “constitucionalismo”, es el jugo en donde crecen impunemente las bacterias de la corrupción y descomposición política de la América Latina.  Tanta poesía, verborrea, idealismo y politiquería sin respaldo efectivo de leyes “cumplibles”, es la causa de que tantos sinvergüenzas se hayan apoderado, de manera permanente, de los mecanismos gubernamentales y los hayan convertido en campos de explotación privada para aquellos grupos que controlan las maquinarias político-partidistas.  Mucho bla bla bla, declaraciones románticas y sin posibilidad alguna de aplicación, forman parte de nuestras Constituciones políticas.  Ampuloso lenguaje que nada dice, proyectos y promesas en el aire; amenazas sin fundamento, recomendaciones que nadie puede hacer que se cumplan, disposiciones tontas e inaplicables.  En fin, “pura paja”  en la cual siempre está garantizada la IMPUNIDAD de los políticos.  Toda la trama constitucional es una cortina de humo que solo sirve para limitar y definir las aspiraciones de la chusma “gobernada”.   Y por otro lado, para asegurar y facilitar los desmanes e impunidad de la clase gobernante.   La parte constitucional que atañe a esta, es la zona críptica de todas las Constituciones, el texto interpretativo según la conveniencia de los que mandan.  Pero la que corresponde a la casta gobernada sí suele ser bastante clara y rígida.
            Un expresidente del país se fue “a ver a Mickey Mouse” sin permiso de la Asamblea y nada pasó; pues aunque existía un artículo “constitucional” que obligaba al presidente a pedir permiso para salir del país, nada había en esta que garantizara la obligatoriedad del mandato.  ¿Entonces?  Impunidad.  Otros expresidentes acusados de diversos fraudes, también saldrán libres y con posibilidades de demandar al Estado (pueblo) por cientos o miles de millones como reparación a su honor.  ¿Y los delitos cometidos?  ¿Y el dinero mal habido?  Impunidad.  Así está diseñada la telaraña constitucionalista. Y nada de eso se corrige con las clásicas y cajoneras “reformas constitucionales” que hacen cada vez que necesitan distraer a los pueblos.  Reformas cosméticas que solo sirven para afianzar el Poder en manos de los mismos.  Entonces, ¿qué es lo que hace falta?  Varias cosas, pero la primera de ellas es un “Comité Ejecutivo Constitucional (CEC) que se encargue de hacer que se cumplan los mandatos a los que por ley están obligados TODOS los funcionarios, desde el Presidente para abajo, hasta el último misceláneo o peón del Estado.   En segundo lugar, debe existir un Contrato de Trabajo entre los funcionarios y el Estado, el cual debe contemplar el despido de aquel que lo incumpla (incluido el Presidente y los diputados).  Un pueblo no tiene la obligación de soportar a un inútil o ladrón en la presidencia de la República por cuatro o cinco años.  El CEC no debe aceptar excusas ni pretextos de un funcionario incapaz.  Sirve o se va. 
            Si el CEC encuentra que el funcionario no cumple con los mandatos constitucionales o el contrato de trabajo,  eso debe ser motivo de despido sin responsabilidad patronal.  Un presidente que prometió una serie de programas y acciones que lo llevaron (por engaño) a la presidencia, está obligado a cumplir; y si no lo hace, el CEC debe liquidar su “contrato de trabajo” aunque este haya sido el resultado de una elección.  El proceso de nombramiento NO DEBE ser razón para la IMPUNIDAD.   Y todos estos procedimientos deberán ser perentorios y sin la intervención de ningún poder del Estado; y sus fallos, de aplicación inmediata, obligatorios y sin apelación alguna.  Este comité deberá crear su propia ley, en la cual se contemplen todas las cuestiones de índole constitucional pero bajo una perspectiva diferente a la de la Sala Cuarta, la cual solo hace declaratorias con las que los políticos y funcionarios pueden jugar a su antojo.   El CEC debe ser una especie de fiscal, juez y verdugo.  Una entidad temible de la que nadie pueda burlarse o engañar.  Y a cuyos miembros NADIE pueda llamar para sugerirles pautas, o decirles que se “olviden” de tal o cual acto corrupto del Presidente o cualquier funcionario.  Deberá ser una especie de tribunal de la Santa Inquisición, pues en países en donde la CORRUPCIÓN reina de manera absoluta, las medidas tibias de nuestras leyes son inútiles. 
            No debe ser que el aparato judicial esté diseñado, al amparo de la “Constitución y las leyes”, para proteger a los delincuentes de cuello blanco.  No debería ser que un expresidente acusado de delitos fiscales, ande paseando por todo el planeta impunemente, esperando la famosa “prescripción”.  Deben crearse leyes que permitan la captura y extradición de este tipo de sujetos desde cualquier parte del mundo.  Algo así como lo que los judíos hicieron en la Argentina con Adolf Eichmann.  No deben los “tecnicismos legales” constituirse en recursos para avergonzar a la Justicia.  Los escondrijos de nuestra maraña “legal”, hábilmente diseñada por los políticos, son la causa de que estos pillos salgan bien librados de sus correrías malignas en el ejercicio del Poder.  El Comité Ejecutivo Constitucional debe ser un poder autónomo y sin obligación alguna más que con el Pueblo, el cual será quien nombre a sus miembros mediante un referéndum general sin la intervención de partido político alguno.  El proceso de nombramiento de estos caballeros deberá ser el mayor reto cívico de nuestras sociedades.  Todo deberá ser de frente a los pueblos, sin injerencia política, un proceso químicamente puro.  ¿Iluso?  Talvez…
            La conducta ética y laboral de los funcionarios será el objetivo primordial de este comité, el cual estará dotado de poderes omnímodos para poner freno, de inmediato, a cualquier acción torcida, indolente o turbia de los empleados públicos; además, tendrá el poder para removerlos y dar por terminado su contrato de trabajo en el momento en que haya pruebas de su incapacidad para cumplir con las demandas de su trabajo.  Como se hace con cualquier gerente de una empresa privada si no cumple con las expectativas de sus patronos. 
            Que la idea quede en la mente de los amigos.  Hagan sugerencias.  Seguiremos con este peliagudo tema.
            Contitucionalescamente
                                    Ricardo Izaguirre S.              E-mail: rhizaguirre@gmail.com

           

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