1007 “LA CHISPA”
Lema: “En la indolencia cívica del
ciudadano, se fundamentan los abusos del Poder”
AUTOPSIA OBLIGATORIA:
¿QUÉ DICE LA IGLESIA?
¿Qué razones verdaderas (no
pretextos) existen para que el gremio de médicos se haya arrogado, mediante un
par decretos que son un verdadero adefesio, la autoridad para someter a la
autopsia obligatoria a cuanta persona se les ocurra. Y aunque no es cierto que lo hagan con todos
los que mueren por las supuestas causas que ameritan tal operación, el decreto
les mantiene abiertas las puertas para que lo puedan aplicar selectivamente en
el difunto que ellos (y solo ellos) estimen conveniente. En el decreto se señalan 11 causas de muerte
que ameritan la autopsia obligatoria; además, SESENTA enfermedades que también hacen forzosa esa operación. Y si ustedes se toman la molestia de leer
esas causas, se darán cuenta de que no hay muerto que quede a salvo de la
disección. Es decir, si mueren cinco mil
personas por día, eso equivaldría a la OBLIGATORIEDAD
de realizar cinco mil autopsias por parte del gremio médico. Y eso nos conduce a una serie de preguntas forzadas:
¿hacen todas esas operaciones a todos
los muertos que abarcan los decretos? Y
si no se la hacen a todos ¿cómo es que se hacen las escogencias y
excepciones? ¿Cuál es el criterio que se
sigue para determinar a quién se le hace la autopsia y a quién no?
Es obvio que el país (Seguro Social)
NO cuenta con el personal ni las instalaciones para hacerles la autopsia a
todos los que mueren por las causas enumeradas en los decretos. Entonces ¿cuál es el objetivo de esa
generalización imposible de cumplir aunque solo fueran 50 los muertos por día? La mayoría de la gente que muere en los
hospitales públicos es vieja y sin dinero y, por lo tanto, NO LES PUEDEN COBRAR la autopsia.
Entonces, basta con la declaración de un médico del Seguro, para que los
deudos se lleven a su muerto proletario y le den sepultura. ¿Y por qué a estos no les hacen la
autopsia? Deberían hacerlo, pues una de
las causas que ameritan tal operación dice: “Muerte natural con tratamiento médico pero SOSPECHOSO”. ¿Qué significa eso? ¿Se da tal situación en los hospitales públicos
o clínicas privadas? Y de ser así,
¿quién determina que la muerte se debió a “tratamiento
médico sospechoso? ¿Se dan casos de
este tipo en la medicina nacional?
Sin embargo, si la familia del
muerto decide que este sea cremado, entonces el decreto sí funciona de manera
implacable y con toda ferocidad. NADIE PUEDE SER CREMADO SI NO SE LE REALIZA
LA AUTOPSIA. ¿Por qué? Porque se supone que los que hacen esa
elección tienen dinero para pagar el alto costo de este servicio y, por
supuesto, la autopsia que realizan
médicos particulares en instalaciones privadas de las funerarias de lujo (así
se me explicó en la mía). Y esa autopsia NO ES GRATIS. Aquí no vale el certificado de defunción del
hospital. Hay que “autopsiar” al
cliente, sin importar que tuviera cien años y que todo el mundo en el hospital
supiera las causas de la muerte, sea dengue, cáncer o paro cardíaco. Hay que destazarlo. Ahora bien, ¿cuál es el objetivo de la
autopsia? Pero el objetivo verdadero, no
los pretextos que conocemos; pues salvo la sospecha bien fundada acerca de la
causa de la muerte de una persona, no existe razón válida para que un grupo de
individuos (un colegio profesional), se tome la atribución arbitraria de someter
a cualquier persona a esa ofensiva, grotesca y degradante profanación. ¿Qué se esconde detrás de esta maniobra
mediante la cual el cuerpo médico se ha arrogado el derecho de disponer, a
discreción, de todos los cadáveres que se le antoje? ¿Por qué esa generalización en un país que NO CUENTA con los recursos necesarios
para darle cumplimiento cabal y total?
¿Existen en todas las provincias y lugares alejados a la capital las
instalaciones para llevar a cabo las autopsias de TODOS los muertos locales?
¿O todos tienen que ser enviados a las morgues y laboratorios
especializados del valle central?
Además, ¿existen esos laboratorios en la cantidad adecuada para dar ese
servicio a TODOS los muertos que el
decreto califica como candidatos a la autopsia?
Y
a todo esto, ¿qué dice la Iglesia sobre este derecho que le ha sido conculcado
a muertos y deudos? Un cadáver debe ser
respetado y no ser víctima de intereses extraños e impíos. Si una persona manifiesta su deseo de que no
violen sus restos, esa voluntad DEBE SER
RESPETADA. Y la autopsia solo debe
ser obligatoria cuando la muerte de alguien se produce en condiciones que
sugieran la posibilidad de un crimen. De
otra manera, debe bastar la declaración de un médico para que la persona sea
enterrada o cremada conservando su integridad física (sin ser destazado). ¿Cuál es la verdadera intención de esos
decretos? ¿Que el gremio médico pueda
disponer, a discreción, de todos los cadáveres que necesite para las escuelas
de medicina o para el trasplante de órganos?
Y como el tráfico ilegal de órganos es algo bien conocido, esos decretos
resultan un peligro para la sociedad. No
es lícito que los médicos se hayan atribuido ese poder para decidir, a su
voluntad, que están autorizados “por ley” a sacarles las tripas a quien les dé
la gana, con solo invocar los decretos mencionados. La “autoridad
médica” pasa por encima del derecho ciudadano más sagrado: su propio cuerpo.
¿Qué
dice la Iglesia sobre esta profanación?
Si interviene en los abortos, las cuestiones de la homosexualidad, la
pederastia, el celibato y otras más que pueden ser defendidas y discutidas por
los protagonistas, ¿por qué no se
pronuncia sobre un asunto en el cual las víctimas están completamente
indefensas ante la autoridad médica? ¿No
existe en el canon religioso algún artículo o capítulo que se refiera al
respeto que se debe tener a los muertos?
Sobre todo, cuando en vida han manifestado su deseo de ser enterrados o
cremados en forma completa, sin que les saquen sus vísceras.
Estimado
ciudadano: ¿cuál es su opinión sobre este tema? ¿Sucede esto en sus países?
RIS Correo: rhizaguirre@gmail.com
Visite el blog “LA
CHISPA” http://lachispa2010.blogspot.com/
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