miércoles, 19 de junio de 2013

789 El negocio de los entierros


789    LA CHISPA                   
Lema: “En la indolencia cívica del ciudadano, se fundamentan los abusos del Poder”
EL NEGOCIO DE LOS ENTIERROS
            Este es un tema en el que poco pensamos; solo lo hacemos cuando ya estamos en la plataforma de lanzamiento, y es entonces cuando nos damos cuenta de todos los problemas que se generan de una cuestión tan tonta como “estirar la pata”.  Si usted no lo había pensado, hágalo.  Morir es mucho más costoso y difícil que vivir.  Incluso para los pobres de solemnidad.  Desde luego que si usted es platudo, no hay ningún problema, pues las Funerarias se encargan de todo y sin limitaciones.  Este es un negocio fabuloso en el que lo único que NO es posible, es que le devuelvan vivo al muerto.  En los Estados Unidos esta actividad ha alcanzado la cúspide de todo: desde la elegancia suprema hasta las acciones más ridículas e impensadas.  Pero todas tienen un denominador común: cuestan plata.  Costa Rica no se queda atrás, por lo menos en la capital.  Hay varias mortuorias magníficas que realizan esta ceremonia con toda la pata; incluso tienen el servicio de cremación, para aquellos que tienen dinero a montones.  Y es aquí en donde empieza la complicación de tipo legal, pues las funerarias nos dicen que para tal efecto, la persona tiene que ser sometida a una autopsia obligatoria determinada por DECRETO.  No LEY sino decreto.  Incluso tienen sus propias instalaciones para realizar esta operación (empresa privada).  Y son ellos los que llaman a “sus” médicos para que la hagan.  Como aquellos abogados “externos” que tenía la CCSS.  Y eso no deja de ser sospechoso, porque ese servicio “a domicilio” no ha de ser gratis.
Hay dos documentos que tratan este punto: los dos son decretos (NO LEYES) que pueden ser interpretados antojadizamente y que, de hecho, parecen encubrir una intencionalidad no explícita en ellos.  Estos decretos, el D.E. 17461-S y el D.E. 17286-S, les confieren a las autoridades médicas un Poder Omnímodo para disponer de los restos de cualquier ciudadano de la forma que les dé la gana, irrespetando sus derechos civiles y, sobre todo, religiosos.  Yo me opongo a que mi cuerpo sea mancillado y que me destacen para complacencia y beneficio económico de estudiantes de medicina, patólogos y dueños de funerarias.  Yo quiero ser quemado, pero íntegro, con todos mis órganos en su lugar, sin importar la forma cómo haya muerto.  Esa es mi soberanía sobre mi cadáver, y no veo el porqué el Colegio de médicos se toma la arbitraria disposición de aplicar tal procedimiento a aquellas personas que no lo desean y que así lo han manifestado en vida.  Esos decretos parece que fueron redactados en el Colegio de médicos y que, coludidos con las funerarias y escuelas de medicina, produjeron ese adefesio sin pies ni cabeza.   Mediante el artículo 15 del decreto, los médicos se arrogan  la facultad para desmembrar a discreción a casi todos los muertos.  Y con el artículo 16, se dan el permiso para hacer la operación en caso de muerte por un número de SESENTA (60) enfermedades.  Es decir, todo el abanico de posibilidades.  Pero veamos lo absurdo de este artículo.  Señala muertes que justifican la autopsia: cáncer, cólera, dengue, enfermedades hereditarias, así hasta 60.  Ahora bien, se supone que esta intervención es para saber la causa de muerte, pero si ya la han definido con anterioridad, ¿para qué hacerla?  Dice el artículo que la muerte por “enfermedades hereditarias” amerita la disección, pero aplicar el reglamento significa que van a hacerla para saber de que murió el paciente.  Entonces ¿cómo pueden haber definido la causa antes de hacer la operación?  Si saben el motivo del fallecimiento, la autopsia resulta innecesaria, ¿no es así?   Y si no la saben, ¿cómo hacen para incluir ese muerto en la categoría de “autopsiable”?   Así como está planteado el decreto, y según este, TODOS los que estiran la pata deberían ser sometidos a esta maniobra.  Pero es obvio que tal cosa no puede ser.   ¿Se hace eso a todos, o solo a ciertas víctimas seleccionadas con propósitos no muy claros?
Esa es la razón que ha motivado esta “Chispa”, y para encontrar una explicación aceptable, desearía recibir la ayuda de mis amigos lectores, en especial, de aquellos que conocen la Ley.  ¿Puede el Estado, mediante un DECRETO, arrogarse el dominio para destripar a cualquier ciudadano que no desea ser sometido a ese bárbaro ritual que atenta contra sus CREENCIAS RELIGIOSAS?   ¿Será necesario invocar los derechos humanos e ir hasta la Sala Cuarta?  ¿O a La Haya?    
            Todos sabemos lo horrible y asqueroso que es el proceso de putrefacción de los cadáveres (aunque no los veamos) y es por eso que en ciertas culturas como la hindú, la cremación es un procedimiento muy generalizado.  Por mi parte, yo quiero ser CREMADO; pero entero, sin que me despanzurren ni dispongan de mis órganos internos para ningún propósito, por noble que pudiera parecer.  Ese debería ser mi potestad, pero al hacer la consulta con mi funeraria, me dijeron lo contrario.  Pero ¿qué pasa con los miles de muertos que no son achicharrados porque esto es un lujo que solo los ricos se pueden dar?  ¿Tienen los pobres que conformarse con el dictamen médico?  El razonamiento justificativo para la disección por motivo de la cremación resulta deleznable, y la causa podría ser otra.  ¿Será un recurso acomodaticio del colegio de médicos para que sus asociados cobren una suma adicional por estos muertos con plata que desean ser incinerados?   ¿O para tener acceso ilimitado a miles de órganos?
Si recordamos que el costo de esa operación anda por ahí del millón de colones, esto parece ser una buena fuente de ingresos para los doctores que realizan esta labor en forma “privada”.  Porque una cosa es segura: esta NO ES GRATIS.        Esa facultad irrestricta en manos de los galenos es un peligro. 
            Considero que salvo por muerte sospechosa de asesinato (envenenamiento), no se justifica la profanación de un ser humano mediante una disección que termina en la mutilación de todas las vísceras.  Además, ¿qué pasa con estas?   ¿Son extraídas y repartidas a las escuelas de medicina?   Y parece que así sigue la cuestión comercial, porque esos órganos no se dan gratis a las universidades.  NADIE debe tener el mando para disponer de mi cuerpo una vez que yo haya muerto.  Y salvo para enterrarlo o quemarlo, no es facultad de alguna institución darle un uso que no sea el derivado de mi voluntad o la de mis familiares.  Si no hay denuncia o petición de la familia, no debe hacerse esta operación.    Si yo quiero ser quemado SIN AUTOPSIA así debería ser, pues mis convicciones religiosas prohíben que mi cuerpo sea descuartizado innecesariamente con fines que no son claros y que van en contra de mi deseo; y violentar este, bajo cualquier pretexto, es la negación de mis derechos básicos que como ser humano, tengo sobre el destino final de mis despojos. 
            Por favor, piensen en esto y, si les es posible, consulten con sus guías espirituales de la Iglesia para saber qué opinan ellos.  Con el advenimiento de la empresa privada en la medicina, todo es posible, creíble y esperable.  El tráfico de órganos es un gran negocio mundial.  Sobre todo, cuando hay HOSPITALES PRIVADOS con gente de plata esperando trasplantes. ¿No nos metieron el cuento de la fiebre “chanchuna”, que luego elevaron a la categoría de H1N1?  Y a pesar de que en toda Europa está desacreditada esta vacuna, ¿no siguen insistiendo aquí que todos nuestros niños y viejos deben ser inoculados con ella?   ¡Hay billones en juego en este negocio!
            Preocupadamente
                                        Ricardo Izaguirre S.       E-mail: rhizaguirre@gmail.com
Blog:      La Chispa                      http://lachispa2010.blogspot.com/





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