1008 “LA CHISPA”
Lema: “En la indolencia cívica
del ciudadano, se fundamentan los abusos del Poder”
EL
DERECHO A DECIDIR SOBRE MI CUERPO
El derecho más sagrado que tiene el ser humano, es el de
disponer de su cuerpo, ya sea en vida, ya sea muerto. Así que nadie, bajo ningún pretexto, puede arrogarse
la facultad de disponer de un ser humano vivo, en contra de su voluntad; ni
aunque se trate de proporcionarle un beneficio (a criterio del benefactor). Si la persona no quiere un servicio, de
cualquier índole, no se le puede obligar, porque eso es tiranía. Nadie puede ni debe pasar por encima de la voluntad
ajena, aunque esa intención se justifique mediante el argumento del bien o la
salud pública. Si yo no quiero ser
vacunado, nadie tiene la autoridad para obligarme a hacerlo en contra de mi imperio. Mi cuerpo es mío y solo yo tengo la potestad
para decidir qué hago con él. Eso, si
soy mayor de edad y en plenitud de mis facultades mentales. Y si soy menor de edad o incapacitado mental,
son mis familiares cercanos (padres, hijos, esposas o maridos) los únicos que
deben decidir sobre el destino que se le dé a mi cuerpo (si estoy vivo), o a mi
cadáver, si estoy muerto. NADIE, ningún grupo o gremio ajeno a mí
o a mi familia, debe conferirse la facultad de decidir acerca de lo que me
conviene o no; o del destino que deben darle a mis restos, en caso de que la
decisión deban tomarla a mi muerte.
En el caso específico de las autopsias obligatorias (por DECRETO),
este abuso sobrepasa las barreras del derecho ciudadano, la decencia y el
respeto a las creencias religiosas. Además, constituye una humillación a los
deudos. ¿Y por qué? Porque hay aspectos nebulosos implicados en
ese par de Decretos (D.E. 17286 y D.E. 17461).
El primero es que están horriblemente redactados; y el segundo es que
tiene contradicciones inexplicables en un texto supuestamente redactado por
profesionales competentes. Tercero, da
la impresión de ser un instrumento creado para hacer valer únicamente los intereses
del gremio médico, y de nadie más.
Parece una especie de franquicia mediante la cual, se aseguran la
provisión de cadáveres y órganos de manera continua e ilimitada.
¿Con qué fines? Ahí es donde
se extiende el enorme campo nebuloso del “sospechosismo”. Hace poco, como todos sabemos, se denunció
en la prensa mejicana que Costa Rica es el paraíso del tráfico ilegal de
órganos humanos; incluso se encarceló a varios miembros de esa banda, entre los
que se encuentra un médico de un famoso hospital nacional. Los
móviles, pues, están a la vista y no requieren más pruebas.
Como también sabemos, hay hospitales y clínicas privadas
en donde se hace toda clase de trasplantes a gente adinerada que viene del
extranjero, y que están dispuestos a pagar enormes sumas por determinados
órganos. Y esa presión monetaria, es
otro elemento a considerar al estudiar el alcance y los peligros de esos
DECRETOS (que no son leyes). Veamos algo
de lo que estos documentos dicen en conjunto.
Se dice que es obligatoria la autopsia en los siguientes casos: 1)
Todas las muertes violentas y suicidios
2) Muerte súbita 3) muerte natural sin tratamiento médico 4) Muerte natural con tratamiento médico pero
SOSPECHOSO (¿¿??) 5)
Muerte de madre con abortos sospechosos de haber sido provocados 6)
Productos de abortos sospechosos (¿?)
8) Víctimas de infanticidio 9)
Muerte de reclusos de centros penales
10) Cadáveres para ser inhumados
(enterrados) en el exterior 11) Otros que indique la autoridad judicial, por
si, o a solicitud del Departamento (¿?) o de un pariente. Es decir, TODO EL QUE MUERE debe ser sometido
a la autopsia. Sin excepción.
Entonces, la pregunta es: ¿se les hace la autopsia a todas las
personas que mueren? Más que improbable,
resulta imposible por las muchas razones que todos conocen. Pero a pesar de que tal cumplimiento de los DECRETOS no es posible, se mantiene la autoridad para que el cuerpo médico
determine a quién se le hace o no la autopsia.
En especial, cuando hay dinero de por medio, como el caso de los muertos
que van a ser enterrados en otro país. Y
en la situación de los nacionales, cuando van a ser CREMADOS. Y eso lo hace la empresa privada, en donde
NADA ES GRATIS.
Y a propósito ¿por qué no existe un crematorio
oficial gratuito? Eso sería una gran
solución: higiénica, práctica y ahorraría gran cantidad de espacios que ocupan
los cementerios. Pero tal crematorio
oficial terminaría con las autopsias privadas en las funerarias de lujo. Y eso
no es bueno para el gremio.
Mucha gente cree que la autopsia es una simple
maniobra en la cual se observan las entrañas del muerto, se determina, por arte
de magia, de qué murió, se le zurce y devuelve limpio y bañadito a sus
deudos. Pero el asunto no es así. Tómense la molestia de averiguar en qué
consiste realmente esa operación, y verán que se trata de una acción verdaderamente
ofensiva a los restos del muerto.
Averigüen. Y por otra parte está
la posibilidad truculenta de que los órganos de una persona concuerden con otra
que espera un trasplante en una clínica privada en donde nadie ve, oye o se
entera de nada, y en la cual el Estado o ministerio de salud no tiene injerencia alguna ni puede hacer
nada, por los mil pretextos que
usted conoce bien. ¿Se imaginan lo
aterrador que es que el hígado de su hijo le sirva a un millonario que espera
ansioso en una clínica privada, vecina del hospital público en donde está
internado su pariente? Da escalofríos
¿verdad? Su hijo podría morir, y bajo el poder de los decretos
en cuestión, se hace legal la autopsia y…
cuando se lo devuelven cosido y limpiecito, ¿cómo puede saber qué le
falta por dentro?
Como
cualquier causa de muerte conduce a la autopsia obligatoria, nadie se salva; y
qué hacen con los “menudos” de un muerto, es un misterio. Y a los días, el
turista adinerado va rumbo a su país, con un hígado nuevo y sanito. ¿Parece muy retorcido? Sí, lo es.
Pero ¿puede alguien asegurarnos que no es una posibilidad? Y por si las once causas de muerte genérica
que enuncia el decreto no bastaran, les agregaron SESENTA enfermedades que también demandan la autopsia
obligatoria. Pero lo más risible de esto
es la CONTRADICCIÓN que implica ese
disparate de decreto. Se sabe que la
autopsia es para averiguar la causa de muerte, pero si de antemano se sabe que
alguien murió de “fiebre amarilla”, ¿para qué destazarlo? Si alguien murió de lepra ¿para qué desguazarlo? Podríamos pensar que el objetivo NO ES SABER de qué murió la gente (cosa
que a nadie le importa más que como chisme), sino tener abierta la posibilidad
ilimitada de poder “autopsiar” a quién les dé la gana y pueda ser útil como
“donante involuntario” de órganos. Y
semejante poder en manos de un gremio todopoderoso, es una verdadera amenaza
para el público, para la ciudadanía en general.
La tentación de la mala praxis no es algo que se pueda descartar;
tampoco que todos los médicos, bajo cualquier circunstancia, están más allá de
la tentación de este comercio. Ya se probó
que este negocio se da en el país. Se publicó
en la prensa con fotos y nombres de los involucrados. Y solo se corrió la punta del velo.
Esa es la razón por la cual pedimos que se haga una ley
moderna que no solo contemple los intereses del gremio médico sino que, sobre
todo, el sagrado derecho que tiene todo ser humano a ser respetado, tanto en
vida, como muerto. Nadie merece ser
descuartizado por curiosidad morbosa, para práctica de estudiantes de medicina
o, lo que es peor y más peligroso, para que se consagre la práctica inmoral del
tráfico ilegal de órganos mediante la protección del Estado, por medio de
decretos redactados al gusto. Para la
elaboración de esta ley, se deben hacer consultas y discusiones abiertas y no
solo conciliábulos entre los grupos que se pueden beneficiar. Debe
intervenir la IGLESIA (todas). La
ley debe surgir de un gran debate público en donde se hayan estudiado todas las
aristas del problema. Espero que muchas personas se
interesen por este asunto que nos atañe a todos.
Autopsiescamente
RIS Visite
el blog “LA CHISPA” http://lachispa2010.blogspot.com/